Derechos del asegurado
¿Sabías que como contratante, asegurado o beneficiario de una póliza de seguro, tienes los siguientes derechos?
Al contratar tu seguro
- Solicitar a tu agente de seguros, empleados o apoderados de HDI SEGUROS una identificación que los acredite como tales.
- Conocer el importe de la comisión o compensación directa que le corresponda a tu agente por la venta del seguro.
- Recibir la información que te permita conocer las Condiciones Generales de tu contrato de seguro, incluyendo el alcance real de la cobertura contratada, la forma de conservarlo, así como los motivos de terminación de éste.
Al ocurrir un siniestro
- Recibir el pago (si éste procede) aunque la prima del contrato de seguro no se encuentre pagada, siempre y cuando no se haya vencido el periodo de gracia para el pago de ésta, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro.
- Conocer que en el seguro de daños, si la cobertura afectada no cuenta con reinstalación automática, toda indemnización que HDI SEGUROS te pague reduce en igual cantidad la suma asegurada. Ésta puede ser reinstalada previa solicitud por escrito de tu parte y aceptada por ese mismo medio, y deberás pagar la prima correspondiente a dicha reinstalación.
- Conocer que en el seguro de automóviles, HDI SEGUROS tiene la opción tanto de reparar o reponer tu vehículo asegurado o bien, pagarte el importe de indemnización.
- Cualquier decisión te será informada, explicándote las opciones que tienes como asegurado o beneficiario.
- Cobrar una indemnización por mora en caso de falta de pago oportuno de las sumas aseguradas.
- Solicitar la emisión de un dictamen técnico a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF), si tanto tú como HDI SEGUROS no se sometieron a arbitraje.